Aprendiendo a Emprender o como conseguir sobrevivir con nuestras pequeñas empresas sin volvernos (totalmente) locos.
domingo, 29 de diciembre de 2013
lunes, 25 de noviembre de 2013
La tiendecita en Internet
Últimamente mucha gente opta por sacarse un
dinerillo extra vendiendo dulces, abalorios u otros objetos que, seguramente,
realizase por afición en el pasado. Se pluriemplean.
Y debo decir que me parece estupendo. Por dos
motivos: han decidido ganar un poco de dinero más, y yo siempre alabo la
ambición personal; y porque generan un micro mercado pequeño y poco controlable
que activa la Economía más que ninguna medida tomada por, digamos, un Gobierno.
Si hubiere alguno en el país, me refiero.
Entendamos que estas actividades
esporádicas y paralelas no mueven mucho dinero. A nadie sorprende que un albañil
haga una “ñapa“ de fin de semana o que el ama de casa prepare unas tartas
para los bares de la zona.
Pero ahora existe Internet. Y nuestras
esculturas en barro, nuestras pulseras de cristalitos y nuestras chapas con dibujos divertidos pueden venderse por
todo el mundo. Y eso es maravilloso. Primero, porque pueden llegar a más
público -un público internacional-; segundo, porque entran en franca
competencia con otros pequeños artesanos y eso les obliga a mejorar su trabajo;
tercero, porque optamos -como consumidores- a más productos, muchos de ellos
únicos, a un precio muy competitivo.
Sí, sé que este artículo puede parecer una oda
a la economía sumergida. No quiero denunciar otra vez la extorsión institucional. Hoy no. Lo que realmente quiero significar es que me
gustaría mucho que hubiera más gente que entendiese que un negocio no es algo a
lo que uno deba dedicar, necesariamente, el cien por cien de su tiempo; un
negocio no debe ser siempre el sustento de uno. Una empresa o pequeña actividad
puede traducirse en un extra (que siempre viene bien).
Puede ser nuestra principal vía de ingresos en
un futuro pero hoy es una ayuda. Y eso es estupendo.
¿El paso previo a una cadena de éxito internacional? |
martes, 12 de noviembre de 2013
Ansias por emprender: estrés y errores - 1 organización y buen hacer 0
Vivimos en un mundo
de prisas: todo es para
ayer. Lo vivimos todos día a día. Es
más, cualquier festivo se puede ver que la gente sigue estresada, aún en un espacio de ocio
y esparcimiento porque lo queremos todo al momento. Por ello movimientos como
el Slow Food me parecen difíciles de seguir: por mucho que se quiera aminorar,
la masa te arrastra.
Lo mismo pasa con
los emprendedores. El ser humano siempre ha emprendido pero ahora está de moda. Un gran
porcentaje de la población quiere emprender, sea por necesidad (económica,
psicológica, etc) sea por vocación. No creo sea malo; pero hacerlo
con prisas y sin planificación, sí. Sobre todo si no se tiene una preparación
previa.
¿A qué viene esta
reflexión? El pasado fin de semana asistimos a un mercado
artesano fantástico, lleno de emprendedores con talento… pero también vimos un par de casos esperpénticos. Y me pregunté: “¿en
qué momento os dio por meteros en esto?”.
Un ejemplo.
A primera hora un
puesto que sirve cafés y bollería tiene a seis personas “trabajando” y tres clientes esperando durante
largo rato; reina la
desorganización: faltan servilletas, falta
leche, la cafetera está estropeada… los trabajadores no
saben qué productos están de oferta, en cuales hay descuentos dadas
determinadas circunstancias, etc.
Intercambian gritos y reproches –ante nuestra
atónita presencia-, olvidando el buen servicio y la sonrisa… Nuestra
experiencia como clientes fue menos que satisfactoria pese a que vendían un
buen producto.
Planificación y
organización es lo que faltaba. Sin eso es imposible tener al cliente contento.
El gran Santy tendría para varias viñetas... |
¿Cómo se podrían
haber minimizado estos errores?
1. Un
estudio del terreno: tan sencillo como asistir a la edición anterior del evento
y hacer una estimación del porcentaje de asistentes que consumen productos
similares a los que se van a vender.
2. Listar
los productos necesarios, desde los gastronómicos hasta los delantales, pasando
por cucharillas, servilletas o cafeteras.
3. Reunirse
con quienes vayan a trabajar a fin de
delimitar claramente las funciones, otorgando a cada uno aquellas en que se
sienta más cómodo y capaz e informar sobre todos los puntos relacionados con el
proyecto.
4. Estudiar
la manera de realizar el servicio de manera más eficiente: mientras uno prepara
los cafés, otro sirve la bollería y cobra al mismo cliente sin intentar abarcar
de más.
5. Comprobar
que todo funcione correctamente y que no falta nada días antes y volver a
comprobarlo antes de abrir ante el público.
6. Juntar
al equipo antes de la apertura para recordar las funciones de cada uno.
7. Sonreír y recordar que el
cliente es lo primero. Esto es lo más importante. Un cliente se mostrará comprensivo si
se siente mimado. Al menos en un alto porcentaje.
Son pasos sencillos
y seguro que todos los vemos lógicos pero al pasar a la acción se olvidan con
frecuencia.
¿Moraleja? Más vale
tardar un poco más en emprender y hacerlo bien que correr y hundirse nada más
empezar.
martes, 22 de octubre de 2013
El empleado: cliente interno
Me preguntaba el otro día una amiga cómo
motivar a las dependientas de su negocio planta calle para que pusieran más
interés, no se borrara la sonrisa de su rostro y fueran máquinas de vender
faldas.
Por mucho que se ha escrito sobre el tema,
témome que no hay una respuesta única. Cada individuo tiene motivaciones
distintas para hacer o dejar de hacer algo.
La mayoría de los empleados te dirán que
trabajan por dinero. Aunque esto es esencialmente cierto, los estudios
demuestran que el rendimiento de un empleado no mejora, necesariamente, con el
incremento del salario: la persona trabajadora trabaja; la que no lo es, no. Puede haber un repunte tras un aumento, pero
suele decaer. Tampoco pagues por debajo de mercado porque puedes perder un
empleado valioso.
Ya que hemos hablado de dinero, dejaré caer la
de comisión por objetivos, un clásico que todo el mundo entiende. En la venta
suele dar buenos resultados, pero son muchos los que se acomodan a un fijo. Por
otro lado cabe vigilar la “venta a toda costa” que puede traducirse en clientes
insatisfechos, devoluciones, pleitos, etc.
Una mala aproximación al problema de la motivación en el trabajo |
Sin embargo, sí podemos ayudar a que nuestros trabajadores “sientan un poco más los colores” y mejorar sus condiciones y, de
paso, las nuestras. Vamos a introducir cuatro y a ver si entre todos hacemos que
crezca la lista.
- Días libres I: si hay un día flojo y el empleado no es realmente necesario, permítele dedicarse a sus cosas sin bajar el salario. Deja claro que es una medida de gracia y que lo haces porque no ves sentido a atar a alguien al local ahora que no es necesario. Que el futuro ya dirá si es necesario recuperar el ritmo de trabajo de cuarenta horas semanales.
- Días libres II: determinados trabajos te permitirán fijar tareas semanales y puedes recompensar a un empleado dándole la tarde del viernes libre si ha cumplido con todos su cometidos correctamente.
- Responsabilidad: hay trabajadores que se ven recompensados cuando se toman en cuenta sus aportaciones, cuando se les valora. Esto puede beneficiarnos doblemente pero no debemos decir amén a cualquier sugerencia de alguien que, aun dentro del equipo, no conoce todos los entresijos del negocio.
- Sentido común: escaso pero existente. Debemos hacer entender a todos nuestros empleados y colaboradores que si no realizan bien su trabajo, si no nos comentan sus dificultades en el día o no simpatizan un poco con nuestros clientes finales y sus problemas es muy probable que la empresa cierre y acaben en la calle o con un cliente menos. En estos días de apatía puede ser absolutamente inútil pero, si tenemos la suerte de dar con alguien cabal, exponer claramente las dificultades del trabajo, lo complicado de la situación actual y la importancia de cada cliente puede ser francamente útil. Pero, ¡sin dramas!, no queremos atemorizar a nadie, sólo hacerle ver que es parte importante de nuestro pequeño negocio.
Así nos verán muchas veces al ponernos en plan “Departamento de
Recursos Humanos”
|
No he mencionado hasta el momento el trato
para con nuestro empleados. Evidentemente debe ser siempre correcto y
respetuoso, ni demasiado relajado ni seco y demasiado distante. Es un
equilibrio delicado que debe trabajarse día a día, como en cualquier relación
humana.
Bueno, hasta aquí nuestro consultorio
sentimental de hoy.
Sed buenos.
La cosa debería terminar por funcionar mas o menos así |
jueves, 22 de agosto de 2013
La Licencia de Actividad y tú: amigos inseparables
I
Desconozco cómo será abrir un
comercio planta calle en las ciudades más pequeñas pero en Madrid es asaz
difícil. He decidido transmitir mi experiencia vital con ánimo de preparar a
quien pueda necesitarlo.
Cuando alguien monta una
actividad en un local comercial necesita un permiso del Ayuntamiento, una
Licencia de Actividad. Dicha Licencia debería garantizar que el local cumple
todos los requisitos recogidos en las Ordenanzas Municipales, que trabajadores y
clientes están en un sitio seguro y que no se molesta o entorpece a los
vecinos. Sobre el papel, fetén.
El caso es que durante años esto
ha sido el pito del sereno. Las licencias podían tardar cuatro, seis o diez
años –no es una exageración- o podían entregarse rápidamente tras un soborno al
funcionario de turno.
Entonces los del Excmo. Ayto.
decidieron crear ECLUs para alejar toda sombra de duda sobre la adjudicación de
Licencias de Actividad. La ECLU es una intermediación privada que garantizaba
el cumplimiento de los plazos, la ecuánime interpretación de las Ordenanzas y
un mejor servicio para los ciudadanos.
Debo decir que el
servicio a los ciudadanos ha mejorado un poco pero para alguien sin experiencia
y ciertos conocimientos técnicos el procedimiento puede resultar demasiado
demandante. Es fundamental que no nos dejemos vencer por la primera impresión
ni por la monumental cantidad de documentación que nos solicitan y, por encima
de cualquier cosa, debemos ser perseverantes.
La Administración pública, interpretación basada en testimonios de testigos |
II
Primero debemos prestar atención al tipo
de edificio: ¿tiene algún elemento protegido?, ¿está en un entorno monumental?,
¿se encuentra en un área especial dentro del Plan de General de Urbanismo?
Se trata del peor escenario: tenemos que pasar por el consejo de
sabio y necesitaremos un arquitecto aun en el caso de las menores
modificaciones… por no hablar que pueden obligarnos a restaurar la fachada a su
estado original o como la CIPHAN (Comisión Institucional para la Protección del
Patrimonio Histórico-Artístico y Natural) piense que era…
Toca armarse de valor, de paciencia y de dinero. Nada es
insalvable pero haced una consulta en Urbanismo antes de alquilar un local para
no tener sorpresas desagradables en este aspecto
El Uso del edificio también puede restringir el tipo de actividad.
Nótese que hay áreas en las que no van a darse determinado tipo de licencias.
Por ejemplo, en el Centro es casi imposible abrir un nuevo bar salvo en un
local que ya tuviera la licencia vigente para dicha actividad. Insisto:
gastarnos el dinero en una consulta previa - ya en Urbanismo, ya en una visita
a un arquitecto – puede ahorrarnos muchos quebraderos de cabeza… y dinero.
III
Como hemos visto el tipo de actividad es
muy importante. Un bar, una fábrica, una escuela, etc. son actividades que
requieren un proyecto técnico y debemos contar con el asesoramiento técnico de
un responsable que vise el proyecto en el Colegio correspondiente.
¿Una herramienta imprescindible para cualquier emprendedor?
|
Es fundamental revisar qué
actividades quedan excluidas del procedimiento por Declaración Responsable y
requerirán la supervisión de un técnico cualificado responsable y la
legalización mediante el llamado Procedimiento Ordinario.
Supongo que ya habéis tenido suficiente normativa en este post pero amenazo con seguir con el tema de las licencias en el siguiente. Sé que es árido pero es de gran utilidad.
Actividades a tramitar por el Procedimiento Ordinario
A continuación se detallan las actividades que no se pueden tramitar por sistema de la declaración responsable y que suelen requerir la contratación de un técnico/ingeniero/arquitecto, tal como se recoge en la documentación oficial.
1. Que la actividad
esté incluida en el Decreto 184/1998, de 22 de octubre, por el que se aprueba
el Catálogo de la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas,
Establecimientos, Locales e Instalaciones.
2. Que la actividad
esté sujeta a la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la
Comunidad de Madrid, a control integrado de la contaminación conforme a Ley
16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación
o a la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la
Atmósfera, así como todas aquellas que estén sometidas a determinaciones
medioambientales de acuerdo con la normativa sectorial correspondiente o por la
normativa específica medioambiental.
3. Las siguientes
actividades:
3.1. Comerciales en
las que esté previsto la utilización de carros para transporte de productos y/o
con batería de cajas de cobro.
3.2. Locales de
ocio y recreo infantil, locales de fiestas infantiles, academias de música y
danza en edificio residencial o con habitaciones dormitorio.
3.3. Institutos de
belleza, y otros servicios de estética, de cualquier superficie; se exceptúan
las peluquerías y centros de estética que por exigencias básicas de seguridad
en caso de incendios y/o medioambientales no estén encuadradas en alguno de los
demás apartados.
3.4. Garaje‐Aparcamiento con ventilación forzada y superficie útilsuperior a 100m2, y en todo caso para los robotizados.
3.5. Gimnasios ubicados bajo vivienda.
3.6. Piscinas climatizadas.
3.7. Escuelas infantiles y centros de culto de
cualquier superficie situados en edificio residencial o con habitaciones
dormitorio.
3.8. Implantación,
modificación o cualquier actuación en gasolineras; salvo que por el tipo de obras
a realizarse requiera proyecto de obras de edificación, en cuyo caso serán
tramitadas por el procedimiento ordinario.
3.9. Toda actividad
industrial que disponga de equipos o maquinarias que produzcan vibraciones,
trepidaciones o altos niveles de ruido, tales como talleres de cerrajería,
aluminio, carpintería, talleres de costura y confección, y similares,
orfebrería, y se ubique en edificio residencial o con habitaciones dormitorio.
4. Que en la
actividad se incluya la instalación de:
4.1. Equipos de climatización
o ventilación que de forma unitaria o en su conjunto evacuen caudales de aire
caliente o enrarecido sean superiores a 1m3/s(3.600m3/h).
4.2. Torres de
refrigeración o condensadores evaporativos.
4.3. Sistema
centralizado de calefacción, climatización, agua caliente sanitaria (ACS).
4.4. Instalaciones
radioactivas de cualquier categoría y otras instalaciones que precisen
protecciones específicas para evitar efectos nocivos fuera del recinto en el
que actúan, tanto si se emplean en la diagnosis o tratamiento médico como en
procesos de fabricación, comercialización o almacenamiento. Se incluirán en
todos los casos las instalaciones de medicina nuclear, radioterapia o
radiología, salvo los equipos de radiografía intra-oral dental o de sus mismas características
con otras aplicaciones sanitarias.
4.5. Cocinas
industriales y hornos, generadores de calor y cualquier equipo o maquinaria que
precisen reglamentariamente chimenea para la evacuación de humos, gases y
olores.
5. Actividades que
en aplicación de las exigencias básicas de seguridad en caso de incendios
establecidas en el Documento Básico de Seguridad en caso de Incendios(CTE DB
SI) cuando se dé alguno de los siguientes supuestos:
5.1. Que la
actividad requiera una segunda salida conforme a la exigencia básica de
evacuación de ocupantes.
5.2. Con ocupantes
incapaces de cuidarse por sí mismos o precisen, en su mayoría, ayuda para la
evacuación. Por tanto, se
incluyen las zonas de hospitalización o de tratamiento intensivo, residencias
geriátricas o de personas discapacitadas, centros de educación especial,
infantil, centros de ocio y recreo infantil y demás actividades incluidas en el
CTE DB SI uso hospitalario.
5.3. En los casos
en que se requiere instalar un sistema de control del humo de incendio capaz de
garantizar dicho control durante la evacuación de los ocupantes, de forma que
ésta se pueda llevar a cabo en condiciones de seguridad, conforme a la
exigencia básica de evacuación de ocupantes.
5.4. Que existan
recintos de riego especial con nivel de riesgo (NRI) MEDIO o ALTO.
6. Que la actividad
precise plan de autoprotección.
7. Toda actividad
ubicada en edificios residenciales o con habitaciones dormitorio que tenga
funcionamiento nocturno entre las veintitrés y siete horas (23.00 y las 7.00
h.).
8. Aquellas
actuaciones que precisen instalaciones de aprovechamiento de la energía solar
que sean visibles desde la vía pública o se ubiquen en espacios libres de
parcela.
9. En las
instalaciones de lavado automático de vehículos y otros servicios de limpieza
industrial en las que se requieren disponer de sistemas de reciclado de agua en
sus instalaciones.
10. Actividad en la
que se realicen operaciones de horneado con hornos que requieran la instalación
de chimenea, preparación, elaboración, manipulación o envasado de productos
alimenticios o que pretenda disponer de barra de degustación.
11. La actividad
que de conformidad con la Ley 10/1993, de 26 de octubre, sobre vertidos
líquidos industriales al Sistema Integral de Saneamiento necesite Impreso
de Identificación Industrial y Solicitud de vertido.
12.
Establecimientos industriales que en aplicación del Real Decreto 2267/2004, de
3 de diciembre, requiera proyecto técnico.
13. Cualesquiera otras actividades que precisen para su
implantación un proyecto de acuerdo con la normativa sectorial.
lunes, 22 de julio de 2013
Pagando impuestos y meretrices varias
Una vez más estamos
en el fin de trimestre y, aunque sea a modo de sesión de psicólogo, voy a
comentar alguna cosita.
Hoy por hoy el
Estado es una máquina insaciable que, pese a funcionar no del todo bien,
requiere mucho combustible.
No olvidemos que se
pagan hospitales y colegios –aunque no siempre esos recursos se gestionan- y
eso es bueno y necesario. También mantenemos una Administración torpe,
burocrática e ineficaz. La
Administración debería costar menos y funcionar mejor; pero es necesaria, qué
duda cabe. Policía, bomberos, mantenimiento de carreteras y otras
infraestructuras se me antojan también importantes.
Parece que pagar
impuestos está bien o, al menos, es necesario.
De las putas/putos de los concejales, de los viajes en
primera de sus señorías para comprobar que en las playas de Barbados no se
conoce la marca “España”, de las fundaciones, asociaciones, etc, de los puestos
innecesarios a dedo tan bien pagados, de los sobrecostes por soborno, de los
pagos a “representantes sociales” y otros actos de latrocinio hablaré más
tarde. Sólo decir que las mamás y los papás de los políticos no han sabido
criar a sus hijos en una base moral defendible.
El
pequeño empresario visto por el Estado opresor. ¿Es algo más que un suicida en estos tiempos difíciles? |
Ahora vayamos a lo
que nos ocupa.
El pequeño
empresario es un limoncito a ser exprimido. Primero en su labor de recaudador
(obligado e involuntario) de impuestos y después como generador de riqueza.
El IVA debe pagarse
haya sido cobrado o no. Una mala racha de impagos termina por sepultarte en
deudas para con el Estado y un mal año arroja la sombra de la apropiación
indebida. Es cierto que uno puede pedir aplazamientos: pagando una tasa. ¡Haber
cobrado a tiempo, pillastre!
Dicen por ahí, pero
yo no lo sé, que solventarán este problema en 2014 para mayor gloria del Estado
justo y bueno. Más vale tarde que nunca pero esta reivindicación lleva sobre la
mesa desde que tengo uso de razón y parece lógico no asfixiar a la principal
fuente de riqueza del país.
El IRPF del
autónomo y el Beneficio Industrial de las Sociedades Mercantiles son tajada de
nuestro trabajo. Como se trata de
porcentaje del beneficio -después de gastos- es justo y bueno. Podemos pedir
que no se consideren las facturas impagadas como cobradas para terminar de
adecuarnos a lo correcto.
Más de un tercio
del salario de cada trabajador que tenga la compañía se lo llevan también las
hadas de los dientes para dar regalos a los niños ricos. No digo que no deba
haber una Seguridad Social ojo, pero que un tipo que cobre los famosísimos mil
euros -con los que apenas puede vivir dignamente- suponga un desembolso
adicional de más de trescientos euros al empresario manda cojones, sube los
colores y atenta contra el sentido común.
El resto de impuestos y tasas (IBI, Basura, Impuestos
sobre la rehabilitación de locales y oficinas y otras tasas) son un ejemplo de
Estado que requiere más de lo necesario y que no sabe administrar sus propios
recursos. Con Estado, aquí, me refiero a
Ayuntamientos, Comunidades Autónomas, Diputaciones y estado Central
indistintamente. Si cualquiera de nosotros dirigiera su negocio como los
políticos su área de responsabilidad: todos a la puta quiebra. Y es la segunda
vez en el artículo que hablamos de meretrices pero las primeras son de las
caras y estas son de las que la vida arrastra sin piedad ni cariño.
¿Cómo perder la sensación de que los impuestos son un gasto y no siempre una inversión? |
¿Por qué he escrito
estas líneas?
Porque después de
pagar mis impuestos me queda un regusto amargo en la boca y un dolor en la baja
espalda. Y como no tengo pasta para darle la chapa al psicólogo me descargo con
vosotros. Tampoco tenéis la culpa, pero la próxima vez que entréis en una
estación de “Metro” innecesariamente ostentosa, paséis por un aeropuerto vacío
y veáis el coche oficial del alcalde de Villarrastrojo de Todos los Santos
pasar tampoco tendréis la culpa.
En la futura “Crónica de la violación de un bolsillo
inocente” compartiré un poco más mi indignación y os explicaré lo difícil que
es abrir una tiendita en la capital del reino anteriormente conocido como
Gomorra.
Plenos en el Ayuntamiento de tu ciudad |
lunes, 15 de julio de 2013
El Empresario que no amaba los Contratos Indefinidos
El
tradicional miedo a los contratos indefinidos viene justificado por tres
realidades de la Legislación vigente:
a) Indemnización por despido
b) Bajas prolongadas, intermitentes y vacaciones remuneradas
c) Incrementos salariales y derechos adquiridos.
Evidentemente
no se pueden hacer tortillas sin romper huevos.
La
Legislación, como siempre, beneficia a los malos trabajadores frente a los
buenos de la misma manera que favorece a los empresarios sin escrúpulos frente
a aquellos que actúan de buena fe. Lo llaman Derecho garantista pero todos
sabemos quién ha hecho las Leyes vigentes y de su catadura moral. No hagamos
sangre que hoy hablamos de otra cosa.
Contratar a
un trabajador es un bien social y un beneficio para empleador y empleado. Al
menos sobre el papel y esa es la defensa que haremos desde estas líneas, ni
humildes ni modestas.
Recordemos
que, en el caso que nos ocupa, muchos emprendedores comparten trabajo e incluso
espacio con sus trabajadores, siendo, casi, uno más. Esto garantiza un mayor
rendimiento de los asalariados pero dificulta el crecimiento de la empresa.
Recordemos que no siempre queremos ese crecimiento. Muchos emprendedores sólo
buscan un sueldo decente a final de mes.
Visto lo
visto. El modelo de contrato tampoco será determinante. Sólo las condiciones y
la necesidad real de la actividad. No olvidemos que las necesidades las impone
la actividad y no el empresario. Creo que ya lo habíamos dicho.
Pero no
debemos tener miedo a contratar. Un asalariado genera riqueza para la empresa y
debe recibir un salario justo atendiendo a su responsabilidad y eficiencia.
Como norma, podemos establecer que un trabajador es rentable cuando genera una
plusvalía del 150 al 200% de su sueldo. No olvidemos la gran cantidad de gastos
que supone un asalariado para la empresa:
- Sueldo
- Seguros sociales
- Retenciones, impuestos y otras formas de extorsión institucional
- Bajas
- Material deteriorado, extraviado, perdido, etc
- Errores y malas gestiones (si las haya, todos somos humanos)
- Vacaciones
- Formación
No debemos
tener miedo, insisto, pero debemos informarnos bien y hacer los números con la
cabeza fría antes de dar el paso de incrementar la plantilla y,
desgraciadamente, también debemos tener la cabeza fría a la hora de despedir a
un trabajador para no entrar en pérdidas irrecuperables. Es preferible pedir un
crédito para pagar una indemnización que ir arrastrando un gasto no productivo
(porque no haya trabajo, por ejemplo).
La pesadilla
del empleador…
martes, 25 de junio de 2013
¿Cuánto cuesta esto?
Interrumpimos brevemente nuestra perorata sobre la contratación a terceros para lanzar algunas ideas muy básicas sobre como poner precio a nuestros productos y servicios.
Puede parecer evidente, pero no siempre la resolvemos correctamente y es de vital importancia para la supervivencia de nuestro negocio.
Tres informaciones:
Gastos directos
Gastos indirectos
Competencia
Los gastos directos son aquellos derivados de la propia producción; a saber, materias primas y mano de obra directa.
Los indirectos son aquellos que debemos repercutir en nuestro producto o servicio porque van parejos a la actividad: teléfono, alquiler de local, etc.
Finalmente debemos saber qué cobra la competencia y debemos decidir si estaremos en la media, por debajo, por encima... y por qué.
Determinar si queremos vender muchas unidades o hacer un producto exclusivo es muy importante y es una decisión que no debe tomarse a la ligera.
miércoles, 5 de junio de 2013
¿Cuándo contratar a un empleado? (Segunda parte)
Decididos a trabajar con terceros, debemos decidir cómo lo hacemos.
Lo más importante es establecer un tipo de contrato que satisfaga a empleador y empleado, que permita resolver las tareas propias de dicho puesto a un precio justo.
Es falso aseverar que los trabajadores bajo contrato indefinido trabajan mejor (o peor) que los que tienen otro tipo de contrato. También es falso que un trabajador rinde más por estar mejor remunerado. La actitud del trabajador depende siempre de su concepto del mismo y de su ética personal. Sin embargo, un trabajador mal pagado abandonará la empresa en cuanto tenga oportunidad así que debemos encontrar un equilibrio entre lo que realmente podamos pagar y el rendimiento del trabajador.
En España hay muchas modalidades de contrato. Hablaremos de cuatro opciones por mor de la brevedad y el buen entendimiento:
- Contratar con Trabajadores autónomos o terceras empresas para trabajos puntuales. Durante años este ha sido el método favorito de los autónomos y las PYMES.
- Contratar a un trabajador a media jornada o por horas (por ejemplo como apoyo determinados días de la semana).
- Contratar a un trabajador por obra y servicio.
- Incorporar a un trabajador con un contrato indefinido.
Los contratos a becarios, de prácticas y otras aberraciones no las tocaremos hoy aunque prometo dedicarles un artículo en el futuro.
Asalariado medio visto por sí mismo |
Sobre la contratación de autónomos y terceras empresas, ya hemos dicho algo y poco más queda que aportar: menor beneficio pero pocos gastos indirectos.
Es la solución perfecta para incrementos puntuales de trabajo u operaciones y/o servicios poco habituales. Muchas empresas han utilizado este modelo de relación laboral de manera fraudulenta incurriendo en una relación laboral encubierta así que cuidado.
Los contratos de duración determinada pueden relacionarse con un trabajo concreto, una campaña determinada o ser por un periodo fijado desde el principio. Si se renueva por demasiado tiempo se convierte en indefinido. Esto no es necesariamente malo porque indicaría que ese puesto de trabajo es necesario de manera permanente, generalmente síntoma de crecimiento.
En la continuación de este artículo hablaremos un poco de los contratos indefinidos y de las consecuencias más evidentes de incorporar nuevos trabajadores en la empresa con sus ventajas y desventajas.
lunes, 27 de mayo de 2013
¿Cuándo contratar a un empleado? (Primera parte)
Uno de los principales dilemas a los que puede enfrentarse un emprendedor es decidir si contrata o no a un nuevo empleado.
Muchos emprendedores sueñan con tener muchos empleados y otros no quieren verlos ni en pintura. Lo cierto es que tener gente trabajando a tu cargo te permite crecer y ampliar los servicios a prestar.
Antes de contratar a alguien, debemos hacernos algunas preguntas:
¿Es verdaderamente necesario o, simplemente me va a dejar más tiempo libre? ¿En qué voy a emplear ese tiempo?
¿Cuánto tiempo me va a restar organizar y supervisar controlar a ese empleado y cuánto tiempo debo invertir en formación hasta que pueda desempeñar su trabajo de manera autónoma?
¿Debo incorporarlo a jornada completa, a media jornada o sólo eventualmente? En cualquier caso, ¿bajo qué tipo de contrato?
¿Qué repercusión tendría la creación de un nuevo puesto –suponiendo que no existiera antes- en la empresa? Siempre que hay cambios, los trabajadores deben adaptarse con la inversión de tiempo y recursos que ello conlleva pero puede haber importantes beneficios a medio y largo plazo.
La contratación del nuevo empleado puede suponer un incremento en la producción pero, ¿va a suponer un incremento en el beneficio? Creedme: fabricar más o vender más no siempre supone ganar más. A bote pronto cabe pensar en los gastos asociados (gasolina, teléfono, etc).
¿Y por qué contratar a alguien?
Contar con un conocimiento –o pericia- que tú mismo no posees, permitiéndote ofrecer más productos y servicios a tus clientes.
Ejecutar tareas para las que no tengas tiempo, lo que incluye dar servicio a más gente o más rápidamente.
Captar mayor clientela, contratando a alguien dedicado a labores comerciales o relaciones públicas.
¡Disfrutar de un poco de tiempo libre!
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